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Aplicación del Derecho Extranjero
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Para dar inicio es importante acotar
que el determinar el ¿Por qué? Y ¿Cuándo? Se debe
aplicar las leyes extranjeras es
competencia del Derecho Internacional Privado.
Es de resaltar que en él se
distinguen dos aspectos fundamentales siendo uno de carácter sustantivo y
otro de carácter procesal.
- De carácter Sustantivo: Siendo la naturaleza o la calidad del derecho extranjero.
- De carácter Procesal: Resaltando que es el tratamiento procesal que merece el derecho extranjero
Otro punto
importante a destacar
es que de conformidad con el artículo 2° de la Ley de Derecho
Internacional Privado, el Derecho extranjero que resulte competente se aplicará
de acuerdo con los principios que rijan en el país extranjero respectivo, y de
manera que se realicen los objetivos perseguidos por las normas venezolanas de
conflicto.

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